En la creencia de la importancia de este de un proceder ético y adecuado en toda relación profesional y esperando que cualquier persona vinculada con ICS Cert se conduzca de esta manera, mostrando un comportamiento ejemplar y profesional en la prestación de sus servicios, se procede a la publicación del presente Código Ético como norma fundamental dentro del ámbito de la labor de la entidad y de las personas vinculadas a la misma.
Todos los profesionales que ostenten una certificación de persona emitida por ICS Cert deben conocer, aceptar y cumplir con el contenido del presente Código Ético. Así mismo, todo el personal de ICS Cert implicado en los procesos de certificación, incluyendo colaboradores individuales y socios, están también obligados por el mismo.
Principios
Los siguientes principios forman el núcleo del Código Ético y establecen actitudes o formas de proceder que deben ser observados por todas las personas que asumen este Código Ético. Estos principios se detallarán más adelante en este propio Código, pero deben ser siempre tenidos en cuentas en el proceder de cualquier profesional.
- Profesionalidad
- Ética laboral
- Competencia
- Imparcialidad
- Confidencialidad
- Legalidad
- Transparencia
- Colaboración
El no cumplimiento de estos principios, especialmente cuando se produzca de forma deliberada, reiterada y/o grave será causa suficiente para proceder a la la retirada de las certificaciones emitidas por ICS Cert y/o la finalización de la relación contractual. Cualquier persona que tenga constancia de un incumplimiento puede poner esta situación en conocimiento de ICS Cert a través del correo contacto@ics-cert.com o del formulario de contacto habilitado en nuestra página web.
Profesionalidad
Todos los profesionales deben mostrar un comportamiento profesional en la prestación de servicios con honestidad, fiabilidad, imparcialidad e independencia.
Dentro de este principio, se incluye el actuar de manera que pueda dañar la reputación, la imagen o los esquemas de certificación de ICS Cert y de la profesión.
Ética laboral
Los profesionales deben actuar en todo momento en su actividad laboral únicamente en el mejor interés de su empleador, clientes, el público y la profesión, de conformidad con este Código Ético cualquier otra norma profesional que le sea de aplicación.
Competencia
Todos los profesionales deben contar con la competencia suficiente para el desempeño de su profesión, así como asumir la necesidad de realizar un proceso continuo y estable de mejora y desarrollo de sus habilidades y conocimientos.
Debido a la importancia de este principio, los profesionales se comprometen a ofrecer únicamente los servicios profesionales para los que estén calificados, e informar debidamente a los empleadores o clientes sobre la naturaleza de los servicios propuestos, incluyendo cualquier inquietud o riesgo relevante.
Imparcialidad
El profesional debe desarrollar su actividad de manera que persiga únicamente la consecuencia de los objetivos acordados con el empleador o cliente en el grado en que le sea posible. Durante la relación, no debe buscar ni aceptar ninguna situación que pueda poner en duda la consecución de este objetivo, especialmente en lo que a la aceptación de sobornos o dádivas de terceros se refiera.
Es obligación del personal informar a cada empleador o cliente sobre cualquier interés o afiliación de negocio que pueda influir en su juicio o perjudicar su imparcialidad tan pronto como tenga conocimiento de ello. Así mismo, debe abstenerse de continuar prestando sus servicios desde ese momento.
Confidencialidad
El profesional debe preservar la confidencialidad de la información de cualquier empleador o cliente con el que tenga o haya tenido relación tanto durante la prestación de sus servicios como una vez finalice la relación. Este deber de confidencialidad deberá materializarse en la forma que se regulen en los acuerdos de relación asumidos por ambas partes, pero teniendo en cuenta que esta obligación existe siempre, incluso cuando no exista mención alguna en dichos acuerdos.
Adicionalmente, el profesional se compromete a no revelar ninguna información relativa a los procesos de información que ICS Cert no haya publicado previamente, especialmente en lo relativo a los procesos de evaluación y contenido de los exámenes.
Legalidad
Es deber de todo profesional cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables de las jurisdicciones del país donde se realizaron las prestaciones de servicio. Aunque no se limita a esta, los profesionales deberán observar escrupulosamente la normativa vinculada a los diferentes campos para los que cuenten con una certificación o dentro de los que presten servicios.
Esto incluye, pero no se limita a conocer y estudiar proactivamente esta normativa, respetar la propiedad intelectual y las contribuciones de los demás.
Transparencia
Los profesionales deben realizar manifestaciones que sean en todos los aspectos veraces, así como evitar aportar información que pueda generar errores en su interpretación o ser confusa. Así mismo, el profesional debe proporcionar a cualquier tercero que se lo solicite, la información necesaria en relación a su capacitación o su estado de certificación.
Es también obligación de las personas afectadas por este Código Ético el notificar a ICS Cert de forma proactiva la existencia de cualquier tipo de sanción firme dentro del ámbito de su prestación profesional de servicios, tanto antes de la solicitud como durante la vigencia de la misma.
En este sentido, comunicar de manera consciente información no veraz, se considera un incumplimiento grave del Código Ético.
No presentarse falsa o indebidamente como representantes de o certificados por ICS Cert sin un certificado adecuado en vigor o utilizando indebidamente el logotipo, los certificados o los documentos de ICS Cert.
Colaboración
Los procesos de investigación de infracciones del Código Ético y de evaluación de la competencia son la base en la que se sustenta la confianza que el público deposita en las certificaciones de personas. Es por ello que todos los profesionales deben colaborar con ICS Cert en la investigación de incumplimientos y en la verificación del mantenimiento de las condiciones que permiten la emisión del certificado.
Cambios en el Código Etico
Con el fin de dar respuesta a situaciones no previstas, nuevas obligaciones de cumplimiento o requisitos de las partes interesadas u Organismos de Acreditación; ICS Cert se reserva el derecho de actualizar el contenido del Código Ético. Es obligación de los profesionales conocer los cambios realizados y adaptar su forma de proceder de manera que de respuesta al contenido del nuevo Código Ético.
Por su parte, y con el fin de facilitar la transición, ICS Cert se compromete a informar de manera activa, a través de los canales establecidos a los afectados de la aprobación de un nuevo Código Ético, así como a otorgar un periodo suficiente de transición (atendiendo a la urgencia de las causas que motivaron los cambios).
Versión: 1.0.0
Fecha de actualización: 2023-04-01
Entrada en vigor: 2023-05-01